miércoles, 7 de enero de 2015

DECRETO 2719 DE 2014 - CERTIFICACIÓN RESGUARDOS PARA SGP


El Gobierno Nacional en desarrollo del numeral 2° del artículo 29 del Decreto 1953 de 2014, expidió el Decreto 2719 de diciembre 26 de 2014, a través del Departamento Nacional de Planeación (DNP), mediante el cual "se definen los parámetros y el procedimiento que los Resguardos Indígenas deberán cumplir para acreditar la experiencia y/o buenas prácticas como requisito para la ejecución directa de los recursos de la Asignación Especial del Sistema General de Participaciones y se dictan otras disposiciones".

Recordemos que por Decreto 1953 de 2014 se creó el régimen especial para poner en funcionamiento los sistemas de administración en los territorios indígenas y que en su artículo 29, numeral 2°, se estableció cuáles eran los documentos (requisitos) para que los Resguardos puedan solicitar la administración directa de los recursos SGP que les corresponde por derecho.

No se puede olvidar, que antes de la fijación de estos nuevos requisitos, las Alcaldías Municipales administraban dichos recursos sin mayores exigencias y el Cabildo como autoridad propia sólo firmaba un convenio interadministrativo para la ejecución de los recursos. Ahora se ha creado una nueva figura que suplantará a las autoridades tradicionales indígenas en la administración de los recursos: "El Consejo Indígena o estructura colectiva similar de gobierno propio" y de representación legal.

Para los interesados en profundizar en el contenido de esta nueva norma y en tener a su disposición el texto completo, los invitamos a dar clic en el siguiente enlace: