Auto
004 de 2009 de la Corte Constitucional
Por: Asdrúbal
Plaza Calvo
Bogotá D.C., marzo 07 de 2015
En junio de 2009, en Florida Valle del
Cauca, con el Pueblo Nasa, realizamos un ejercicio de cómo interpretar lo que
la Corte Constitucional dijo sobre la construcción de los Planes de Salvaguarda
para Pueblos Indígenas en riesgo de eliminación y extinción, que sirvió de guía
para la construcción del respectivo plan y que hoy, por insinuación de
compañeros de otros pueblos he decidido publicar el contenido, con el ánimo de
aportar elementos a aquellos pueblos que todavía están en la construcción de
esta herramienta para la pervivencia.
Qué
es salvaguardar?
El término salvaguardar implica auxiliar,
salvar, defender, sostener, guarecer, guarnecer, proteger, amparar.
Qué
es la salvaguarda?
Es la adopción de medidas excepcionales de
protección que utiliza un país para proteger a comunidades o pueblos que están
siendo extinguidos o que se enfrentan a una amenaza grave de extinción física
y/o cultural
Cómo
concibe la Corte el Plan de salvaguarda
Lo concibe como una respuesta a la grave
situación por la que atraviesan las comunidades indígenas a raíz del conflicto
armado, los problemas estructurales, las redes de narcotráfico y la presencia
de megaproyectos en sus territorios, pero además por la evidente ineficacia de
las políticas e instituciones del Estado para garantizar el derecho a la vida,
la preservación cultural, el respeto a la autonomía y la jurisdicción especial
indígena.
La
ONU reconoce a los Pueblos Indígenas el derecho
a:
• Mantener,
controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos
tradicionales
• A
practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales
• A
practicar y enseñar sus propios idiomas y sus ceremonias espirituales
• A
mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales y a acceder a ellos
• A
mantener su integridad como pueblos distintos, sus valores culturales e
identidad étnica
• A la
restitución de los bienes culturales y espirituales de los cuales hayan sido
despojados.
Medidas
a adoptar por el Gobierno en el Plan de Salvaguarda según la Corte:
•
Diseñar e implementar, dentro de
sus respectivas órbitas de competencia, un Programa de Garantía de los Derechos
de los Pueblos Indígenas afectados por el Desplazamiento, con el nombre que los
responsables gubernamentales estimen aconsejable ponerle.
•
Formular e iniciar la
implementación de planes de salvaguarda étnica ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado para cada uno de los pueblos identificados en el Auto
004-2009.
•
Los planes de salvaguarda
étnica deben responder, tanto en el ámbito de la prevención del desplazamiento
forzado como de la atención a sus víctimas, a la crítica situación de cada uno
de los pueblos mencionados en el Auto 004-2009.
Elementos
mínimos que debe contener el Plan de Salvaguarda:
1.
Ser debidamente consultado en
forma previa con las autoridades de cada uno de los pueblos indígenas beneficiarios
2.
Debe contener tanto un elemento
de prevención del impacto desproporcionado del conflicto armado y del
desplazamiento forzado, como un elemento de atención efectiva y diferencial a
las personas desplazadas.
3.
Atender a los derechos
fundamentales de las víctimas de los crímenes que se han descrito en el
presente documento a la justicia, la verdad, la reparación y las garantías de
no repetición.
4.
Incluir un componente básico de
protección de los líderes, autoridades tradicionales y personas en riesgo por
sus posturas de activismo o de liderazgo.
5.
Prever herramientas para el
fortalecimiento de la integridad cultural y social de cada pueblo
6.
Contener un ingrediente de
protección de los territorios tradicionales, frente a los distintos procesos
bélicos y de despojo descritos en el auto.
7.
Prever que el principal
objetivo ha de ser garantizar su retorno en condiciones de voluntariedad,
seguridad y dignidad; atendiendo los casos especiales de personas, familias y
comunidades que no pueden volver a sus territorios por la vigencia de las
amenazas de los grupos armados o de quienes propiciaron su destierro.
Qué
debe respetar el Plan de Salvaguarda:
§
Especificidad individual de
cada Plan, sus Componentes y sus respectivos
Elementos Constitutivos
§
Definición de metas puntuales
a corto, mediano y largo plazo.
§
Cronograma acelerado de
implementación.
§
Presupuesto suficiente y oportunamente
disponible.
§
Cobertura material
suficiente.
§
Garantías de continuidad
hacia el futuro.
§
Adopción e implementación de
indicadores de resultado, basados en el criterio del goce efectivo de los
derechos.
§
Diseño e implementación de
mecanismos e instrumentos específicos de coordinación interinstitucional.
§
Desarrollo e implementación
de mecanismos de evaluación y seguimiento.
§
Diseño e implementación de
instrumentos de corrección oportuna.
§
Diseño e implementación de
mecanismos internos de respuesta ágil y oportuna a las quejas o solicitudes
puntuales de indígenas.
§
Armonización con los demás
elementos de la política pública e integración formal a la misma. (Documentos: “Directriz para la Prevención y Atención Integral de la Población
Indígena en Situación de Desplazamiento y Riesgo, con enfoque diferencial”, y
el “Plan Integral de Apoyo a Comunidades Indígenas en Alto Grado de
Vulnerabilidad y Riesgo de Desaparición”)
§
Apropiación nacional y
autonomía.
§
Armonización con otros procesos
y programas que se adelantan por el Gobierno, sin perder autonomía.
§
Obligaciones de diseño e
implementación de cada Plan de Salvaguarda.
§
Término de seis (6) meses
para finalizar el proceso de diseño de cada Plan de Salvaguarda e iniciar su
fase de implementación.
Qué
se tendrá en cuenta en la construcción del plan de salvaguarda
1.
Partir de los riegos
específicos de cada pueblo.
2.
Identificación de los factores
de extinción física y cultural en razón del
desplazamiento, dispersión y violencia.
3.
Que reconozca y respete la
cosmovisión y organización de cada pueblo.
4.
Que tenga claridad sobre
necesidades y prioridades como pueblo.
5.
Que su propósito sea el de
reparar y fortalecer el tejido social, las prácticas ancestrales, el gobierno
propio, la autonomía, el territorio, la identidad, en el marco del plan de
vida, de la permanencia cultural y pervivencia como pueblo.
6.
Que sea un proceso
auténticamente participativo.
7.
Que haya un proceso de diálogo,
consulta y concertación entre entidades del Estado y Pueblos Indígenas.
8.
Que todo el proceso de consulta
sea concertado con las respectivas autoridades y organizaciones indígenas en el
marco del Convenio 169 de la OIT y totalmente financiado por el Estado.
9.
Que las líneas de acción tengan
correspondencia con las problemáticas de los territorios y los mecanismos y
procesos internos propios de autoridades, organizaciones y comunidades.
10.
Que concrete al máximo las
medidas y mecanismos de protección, defensa, garantías y prevención que se deben adoptar, con
política diferencial y en el marco de la diversidad, la especificidad, la ley de
origen, el derecho propio y normativas internacionales sobre derechos de los
pueblos indígenas.
11.
Que contenga un cronograma de
implementación, seguimiento, control, evaluación y corrección acorde con los
intereses, tiempos y ritmos de los pueblos indígenas.
12.
Que precise y obtenga un
presupuesto suficiente y real que
garantice la ejecución de todo el proceso de salvaguarda.
Esquema
preliminar de trabajo
1.
Identificación de factores de
extinción física y cultural.
2.
Identificación de riesgos
específicos
3.
Identificación de necesidades
4.
Identificación y organización
de prioridades
5.
Medidas y mecanismos de
prevención
6.
Medidas y mecanismos de
protección
7.
Medidas especiales de
protección de los territorios
8.
Medidas y mecanismos de defensa
9.
Especificación de Garantías
10.
Garantías específicas de
retorno al territorio – desplazados
11.
Garantías puntuales de
continuidad del proceso
12.
Protección de líderes,
autoridades y personas en riesgo
13.
Reparación y garantías a
víctimas
14.
Herramientas para el
fortalecimiento cultural, social y económico
15.
Metas puntuales
16.
Cronograma
17.
Presupuesto
18.
Mecanismos propios de
coordinación
19.
Mecanismos e instrumentos
propios de seguimiento, control y evaluación
20.
Instrumentos de corrección
oportuna
21.
Mecanismos ágiles de
solicitudes y quejas de pueblos indígenas
22.
Armonización con procesos y
programas internos
23.
Líneas de acción
24.
Indicadores de resultados
25.
Proceso de consulta previa y
concertación
Ejes
Temáticos a desarrollar
1.
Identificación situacional
2.
Garantías e instrumentos
3.
Acciones de ejecución
Eje
de Identificación situacional
1.
Espiritualidad, territorio y
derecho a la vida
2.
Identificación de factores de
extinción física y cultural.
3.
Identificación de riesgos
específicos
4.
Identificación de necesidades
5.
Identificación y organización
de prioridades
Eje
de Garantías e instrumentos
1.
Medidas y mecanismos de
prevención
2.
Medidas y mecanismos de
protección
3.
Medidas especiales de
protección de los territorios
4.
Medidas y mecanismos de defensa
5.
Especificación de Garantías
6.
Garantías específicas de
retorno al territorio – desplazados
7.
Mecanismos propios de
coordinación
8.
Mecanismos e instrumentos
propios de seguimiento, control y evaluación
9.
Instrumentos de corrección
oportuna
10.
Mecanismos ágiles de
solicitudes y quejas de pueblos indígenas
Eje
de Acciones de Ejecución
1.
Metas puntuales
2.
Líneas de acción
3.
Indicadores de resultados
4.
Armonización con procesos y
programas internos
5.
Proceso de socialización,
consulta previa y concertación
6.
Cronograma
7.
Presupuesto